RETRACTACION, VALOR DE LA.
No puede tomarse en cuenta la retractación que se hace valer, si no se acredita que la declaración rendida ante el Ministerio Público hubiere sido arrancada por medio de coacción o violencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293057-79ed6047/retractacion-valor-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5567/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de noviembre de 1956. Cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
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