ARMA DE FUEGO, DISPARO A LOS PIES CON (LEGISLACION DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI).
Si un individuo dispara su arma sobre otro, dirigida a los pies, no se tipifica el delito a que se refiere el artículo 325 del Código Penal de San Luis Potosí, que lo equipara a la tentativa de homicidio, pues el que dispara a los pies, no lo hace con intención de causar la muerte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293059-266edfff/arma-de-fuego-disparo-a-los-pies-con · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1090/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de noviembre de 1956. Mayoría de tres votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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