ROBO, DELITO DE.
Cuando no se llega a precisar que el acusado haya tomado un objeto sólo momentáneamente, para devolverlo a su propietario enseguida de usarlo, el acto de apoderamiento tiene que entenderse como verificado con ánimo de apropiación, dada la presunción de intencionalidad estatuida por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293642-514046b0/robo-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3562/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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