PRUEBA PRESUNTIVA EN MATERIA PENAL.
Para que tenga valor esta prueba es necesario, cuando menos, la existencia de los indicios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294253-dcee027f/prueba-presuntiva-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 78/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.
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