PARTICIPACION DELICTUOSA (HOMICIDIO. LEGISLACION DE JALISCO).
Aunque no esté probado que todos los acusados hayan disparado sobre los ofendidos, especialmente el quejoso, quien se encontraba fuera de la casa en que se perpetró el robo y sucedieron los hechos, sin embargo, la conclusión de culpabilidad es correcta, pues su responsabilidad en el homicidio resulta de lo dispuesto en los artículos 10 y 11, contrario sensu, del Código Penal.-
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294832-d6bae825/participacion-delictuosa-homicidio-legislacion-de-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2655/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Jurisprudencia relacionada
- PARTICIPACION DELICTUOSA ( HOMICIDIO). (s/clave)
- PARTICIPACION DELICTUOSA. HOMICIDIO (LEGISLACION DE JALISCO) (s/clave)
- PARTICIPACION DELICTUOSA ( HOMICIDIO). (s/clave)
- PARTICIPACION DELICTUOSA. (s/clave)
- PARTICIPACION DELICTUOSA (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO). (s/clave)
- PARTICIPACION DELICTUOSA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis