HOMICIDIO.
En materia de lesiones que indirectamente causaron muerte, se aplica el principio jurídico que rige la causalidad, de lo que es causa de la causa, es causa del daño causado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295424-76de59d8/homicidio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2625/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de agosto de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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