LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
No se configura la legítima defensa si entre el acusado y su contrincante existió una contienda de obra, que tipifica la riña, dada la simultaneidad de su mutua agresión y los antecedentes de enemistad que entre ellos existían, evidenciando su deseo de pelear.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295630-993beca9/legitima-defensa-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3144/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de septiembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
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