PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
No es procedente substituirse al juez natural para individualizar las sanciones correspondientes, siempre y cuando hayan sido atendidas debidamente las normas conducentes reguladoras del arbitrio judicial, y sin rebasar los límites de la norma represiva aplicable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295914-73b22773/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5386/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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