CONFESION DEL ACUSADO.
Ante las notorias variantes de los hechos por parte del reo, en sus diversas declaraciones, aparece de manera objetiva la legalidad de la determinación de la autoridad responsable, al no estimar alguna de esas variantes como confesión calificada, es decir sincera, verídica y circunstanciada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296004-a2dd8231/confesion-del-acusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9924/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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