LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
Existe exceso en la legítima defensa, entre otros casos, cuando el peligro en que se halla el agente activo del delito se ha conjurado, anulando en lo absoluto la potencialidad dañosa del agresor, y a pesar de ello aquél prolonga la acción violenta defensiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296318-5a148354/legitima-defensa-exceso-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 664/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Edmundo Elorduy.
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