LEGITIMA DEFENSA Y EXCESO.
El exceso en la defensa suele tener su justificación en la ofuscación producida en la persona que la realiza por el ataque de que es objeto; pero la legítima defensa es temporalmente inoportuna si se ejercita después de producida la agresión, pues sólo la existencia actual del peligro justifica como necesaria la defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801043-210d6d53/legitima-defensa-y-exceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1726/61. Miguel Lares Jaques. 15 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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