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Modo: Corpus Pro

PROCEDIMIENTO PENAL, VIOLACIONES AL. COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE PARA CONOCER DE ELLAS (CATEOS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 296351 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2493

Aun cuando en la demanda de amparo se invoque una infracción de orden procesal por atribuirse ilegalidad en la realización del cateo que la policía llevó a cabo en el domicilio del quejoso, no por ello es incompetente esta Suprema Corte para conocer del juicio de amparo respecto de esa parte de la demanda, pues en rigor no se trata de una violación procesal de las comprendidas en el artículo 160 de la Ley de Amparo, toda vez que la expresada diligencia, ya sea legal o ilegal, tuvo como único fin la aprehensión del quejoso y de ningún modo constituyó fundamento para las sentencias de primera y segunda instancias.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296351-e18c1906/procedimiento-penal-violaciones-al-competencia-de-la-suprema · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 5845/51. Por acuerdo de la Primera Sala,de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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