PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Cuando el órgano jurisdiccional, en la individualización de la pena, no viola ni las reglas de la prueba ni las leyes del raciocinio, no se puede invadir el ámbito que la Ley le concede de manera exclusiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296399-19a969c0/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2674/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ma. Ortiz Tirado. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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