RAPTO, CONSUMACION DEL DELITO DE.
El delito de rapto se consuma si los inculpados, por medio de la violencia, se llevan a la raptada, aunque sean alcanzados por un familiar de ella y se las quite.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296523-c0129702/rapto-consumacion-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9854/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de diciembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ma. Ortiz Tirado.
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