LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA.
Si quedó establecido con los certificados médicos, que una de las lesiones que el quejoso causó al ofendido fue de las que por su naturaleza ordinaria ponen en peligro su vida, y cuando sanan lo hacen en más de quince días, aunque de hecho no haya puesto en peligro la vida de dicho ofendido, por atenciones médicas y buenas defensas orgánicas, debe estarse a la clasificación inicial.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2967/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA. (s/clave)
- LESIONES. CLASIFICACION DE LAS. (s/clave)
- LESIONES. CLASIFICACIÓN DE LAS.- (4774)
- LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA. SU DETERMINACIÓN NO DEPENDE DEL TIEMPO EN QUE SANEN.- (1752)
- LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA. (s/clave)
- LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA, CALIFICACIÓN DE LAS.- (1749)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis