CONFESION DEL REO.
La supuesta declaración de un indiciado ante la Policía Judicial o ante el Ministerio Público, que posteriormente se constituirá en parte procesal en el juicio que se instaure en contra del acusado, no reúne las características de confesión judicial, por tanto no se le puede otorgar valor probatorio pleno, sino tan sólo el valor de un mero indicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297588-96f71f0b/confesion-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6192/50. Santos Laureano Martín y coag. 24 de abril de 1952. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Fernando de la Fuente.
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