CONFESION DEL REO.
A falta de pruebas en autos que demuestren la responsabilidad penal de un acusado, no existe otro medio para declarar tal responsabilidad en una sentencia, que la confesión Judicial del reo. No importa que tan sólo se halle tal medio procesal, el mismo es suficiente, ya que la Ley le otorga valor probatorio pleno.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297589-486cfcc0/confesion-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6192/50. Santos Laureano Martín y coag. 24 de abril de 1952. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Fernando de la Fuente.
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