ROBO, CONSUMACION DEL.
Si el inculpado fue sorprendido cuando ya se había apoderado materialmente del objeto, ello indica que el robo ya se había consumado, sin que para ello obste que el inculpado abandonara o fuera desapoderado del objeto del hurto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298084-f4e2a5ef/robo-consumacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2400/51. Martínez Alegre Armando. 22 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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