TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL (CARTAS).
No pueden tenerse como testimonios las cartas que, según un Notario, firmaron ante él ciertas personas, ni menos pueden constituir documentos privados, si no los ratificaron judicialmente sus autores, ni fueron ofrecidos como testigos, ni declararon en autos, con las formalidades procesales debidas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298688-ebd8a14f/testigos-en-el-proceso-penal-cartas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2303/50. García Quiroz Vicente. 11 de abril de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL.- (3137)
- TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL. (s/clave)
- TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL.- (3139)
- TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL. (s/clave)
- TESTIMONIOS NOTARIALES, DECLARACIONES CONTENIDAS EN LOS (PRUEBA TESTIMONIAL). (s/clave)
- TESTIGOS EN MATERIA PENAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis