INDEFENSION DEL REO.
La fracción II del artículo 16 de la Ley de Amparo, no puede referirse a los casos en que un acusado tiene defensor durante el proceso y no es defendido en la forma que ese mismo acusado consideraría debida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298810-7ad916fe/indefension-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5283/949. Valero Rodríguez J. Cruz. 8 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XCIV, Pág. 1745. Amparo penal directo 5569/46. Pica Pujol Antonio. 4 de diciembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CXIX, Pág. 962. Amparo penal directo 1704/53. La publicación no menciona el nombre del quejoso. 12 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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