AUTORIDADES, LEGITIMIDAD DE LAS, EN EL AMPARO NO DEBE JUZGARSE DE ELLA SINO SOLO DE SU COMPETENCIA.
En el juicio de amparo no debe juzgarse sobre la ilegalidad de la autoridad, sino solamente sobre su competencia, porque si se empieza por declarar que una autoridad no tiene el carácter que se atribuye, el juicio resultaría notoriamente improcedente, de acuerdo con el artículo 103 constitucional, conforme al cual, los tribunales de la Federación sólo pueden resolver controversias suscitadas por leyes o actos de autoridad. Sostener que el artículo 16 constitucional prejuzga la cuestión de ilegitimidad de las autoridades, llevaría al ataque de la soberanía de los Estados, sin fundamento constitucional y por medio de la decisión de un poder, como el judicial, que carece de facultades y a quien se constituiría en árbitro de la existencia de los otros poderes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298864-5a1e97bb/autoridades-legitimidad-de-las-en-el-amparo-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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