SITUACION JURIDICA DEL REO, CAMBIO DE LA
Debe sobreseerse en el juicio de amparo, por ser improcedente, de acuerdo con los artículos 74, fracción III y 73, fracción X, de la Ley de Amparo, si por virtud de las dos sentencias condenatorias de primera y segunda instancias, se operó en el procedimiento judicial seguido contra el recurrente, un cambio de situación jurídica que hace que deban considerarse consumadas irreparablemente las violaciones que invocó en el amparo contra el auto de formal prisión, por no poderse decidir sobre tales violaciones, sin afectar la nueva situación jurídica creada por las aludidas sentencias
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299469-d3fa6915/situacion-juridica-del-reo-cambio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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