FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, CUERPO DEL DELITO DE.
Si ante el inspector de policía aparece una declaración del quejoso, según la cual reconoce haber alterado algunos documentos, pero ni ante la inspección de policía, ni ante el Ministerio Público, ni ante la autoridad judicial, fue presentado ninguno de los documentos que se dicen alterados, y menos fueron objeto de examen pericial y ni siquiera de inspección ocular, no puede tenerse por comprobado el cuerpo del delito de falsificación de documento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299521-951a97ff/falsificacion-de-documentos-cuerpo-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 118/50. Garza Francisco de la. 12 de julio de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes. José Rebolledo y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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