ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.
La alevosía es incuestionable, si los coacusados se apostaron frente a la tienda del occiso y permanecieron ocultos bajo las sombras de la noche y en acecho del momento propicio en que nadie pasara ni los viera y de que la víctima estuviera de espaldas para dispararle, recomendando el quejoso a su coacusado, que tuviera cuidado de no pegarle a otra persona sino precisamente a la víctima, que en esos momentos se dedicaba a arreglar su establecimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299661-b780d697/alevosia-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4284/48. Moreno García Román. 16 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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