PRISION EN SUSTITUCION DE MULTA, FALTA DE SEÑALAMIENTO DE LA (SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA PENAL).
Debe ser suplido de oficio, el agravio relativo a que la autoridad responsable no señaló la prisión que deberá sufrir el quejoso, en el supuesto de que no pague la multa que, como pena accesoria, le fue impuesta; por lo cual debe ser amparado el agraviado, para el solo efecto de que se subsane la omisión indicada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299917-054d6ee6/prision-en-sustitucion-de-multa-falta-de-senalamiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7649/47. Camarena González Antonio. 21 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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