AUTOPSIA, VALIDEZ DEL DICTAMEN RELATIVO.
Aun cuando sea cierto que en la comparecencia de un doctor que presentó un dictamen de autopsia, y que es equivalente al contenido de su dictamen rendido por separado, no se encuentra la firma de ese facultativo, ello no significa que el mismo no haya comparecido ante la autoridad indicada ni manifestado lo que consta en la comparecencia de que se trata, si ésta última se encuentra autorizada por las firmas del Juez y del secretario respectivos, con lo que basta para tener como documento público tal actuación y como cierto su contenido, pues de otra manera, sería tanto como condicionar el valor de todas las diligencias judiciales, no a la fe pública o autorización con las firmas de los funcionarios que establece la ley, sino a la simple firma de las personas que no tienen este carácter.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299938-13ac51c7/autopsia-validez-del-dictamen-relativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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