LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
No existe la legítima defensa si el quejoso se colocó, no en la situación de una persona que se ve precisada a defenderse de un ataque, sino de quien se expone a los riesgos inherentes a la contienda querida por él, ya que la riña elimina la posibilidad jurídica de legítima defensa, que sólo se justifica cuando la víctima de una agresión repentina e imprevista, se ve en la necesidad de herir para no ser herida, de matar para no ser muerta, pero no cuando se acepta el riesgo del combate y, por ende, de la agresión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301154-e8f790a0/legitima-defensa-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5222/48. Alanís Flores Manuel. 20 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA EN RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis