COACUSADO, VALOR DE SU DICHO.
Si el dicho de un coacusado sólo constituye un indicio, cuando no elude su propia responsabilidad, en los casos en que el acusado eludió toda responsabilidad, su declaración no hace fe ni siquiera como indicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301186-213f33b6/coacusado-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 7652/48. Díaz López Josefina. 27 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- COACUSADO, VALOR DE SU DICHO. (s/clave)
- COACUSADO, VALOR DE SU DICHO. (s/clave)
- COACUSADO. VALOR DE SU DICHO.- (81)
- COACUSADO. VALOR DE SU DICHO. (s/clave)
- COACUSADO. VALOR DE SU DICHO. (366)
- COACUSADO. VALOR DE SU DICHO. (74)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis