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POSESIONES Y DERECHOS, SU ESTUDIO EN EL AMPARO (PROPIEDAD).

Clave: — · Registro digital (IUS): 302104 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 555

La Suprema Corte de Justicia ha sostenido que para los efectos de la aplicación del artículo 14 constitucional, el juicio de amparo se sigue entre el quejoso y la autoridad responsable, por lo que hay que justificar la suficiencia de las pruebas de la propiedad y posesión, frente a dicha autoridad y no frente a los terceros, ya que la consideración de los derechos que pueda haber a favor de éstos o del quejoso, es materia de un juicio del orden común y no de la sentencia de amparo. Igualmente ha sostenido que no deben decidirse en el juicio de garantías, por ser ajenas a él, las cuestiones sobre propiedad, que surjan entre el quejoso y los terceros perjudicados, pues el objeto de dicho juicio es el estudio y resolución de cuestiones meramente constitucionales, en cuanto se refiere a aquellos actos de las autoridades que vulneren o restrinjan las garantías individuales; por lo que no es posible ocuparse en el amparo, de investigar sobre los derechos de propiedad que discutan las partes, debiéndose sólo estudiar si los actos de las autoridades violan la posesión que los quejosos hayan acreditado. En consecuencia, el Juez de Distrito no debe tomar en consideración si los terceros resultan o no perjudicados con el otorgamiento de la protección federal a los quejosos, cuando ésta es procedente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302104-304aca6a/posesiones-y-derechos-su-estudio-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 5559/47. Maytorena Pesqueira Carlos. 21 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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