CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR PARA LOS EFECTOS DE LA.
Aun cuando no se haya comprobado plenamente, en forma directa, la buena conducta del reo y que tiene modo honesto de vivir, deben presumirse estas circunstancias, si tampoco existe prueba alguna en contra.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302544-59670f98/condena-condicional-buena-conducta-y-modo-honesto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8447/46. Méndez Leandro. 6 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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