CONDUCTORES DE VEHICULOS, RESPONSABILIDAD DE LOS.
El artículo 157 del Reglamento de Tránsito en el Distrito Federal, que habla de los conductores de vehículos, se refiere al que guía, el vehículo, y tratándose de un tren eléctrico, tiene ese carácter el motorista, y por consiguiente, ese artículo no es aplicable a las personas que están encargadas de recibir el importe de los pasajes, conocidos vulgarmente como "conductores".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302756-aed1f59f/conductores-de-vehiculos-responsabilidad-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5717/46. Sierra Gómez Félix. 10 de julio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CONDUCTORES DE VEHICULOS (s/clave)
- AUTORIDADES RESPONSABLES, FUNDAMENTOS DE LOS ACTOS DE LAS (CHOFERES, PRIVACION DE LA LICENCIA PARA MANEJAR, A LOS). (s/clave)
- CONDUCTORES DE VEHICULOS DE MOTOR, OBLIGACIONES INELUDIBLES DE LOS. (s/clave)
- CONDUCTORES DE VEHICULOS DE SERVICIO PUBLICO, LOS ACCIDENTES NO DEBIDOS A IMPERICIA DE LOS, DEBEN DEMOSTRARSE. (s/clave)
- AUTOTRANSPORTES DE PASAJEROS, AUMENTO DE PERMISOS PARA EL SERVICIO DE. (s/clave)
- FERROCARRILEROS. INTERPRETACION DE LA PARTE CONDUCENTE DE LA REGLA 99 DEL REGLAMENTO DE TRANSPORTES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis