LEGITIMA DEFENSA.
La riña elimina la posibilidad jurídica de la legítima defensa, porque en aquélla se acepta el riesgo del combate y el propósito de los que intervienen en ello no solo es defensista, sino de mutua y franca ofensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302951-a25a3630/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4226/47. Ozuna Yocupicio Antonio. 5 de septiembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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