ABORTO, DELITO DE.
Aunque el aborto de la ofendida, se hubiera producido a consecuencia de los golpes que le propinó la encausada, ésta sólo sería responsable de un delito culposo, dada su ausencia de voluntad criminal en caso de no comprobarse que tuviera conocimientos de que su víctima se encontraba encinta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303104-478dd745/aborto-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 325/47. Estrada de Gumeta Aurora. 28 de abril de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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