PRUEBAS EN EL PROCESO, POSTERIORES AL AUTO DE FORMAL PRISION.
Habiendo sido producidas ciertas probanzas con posterioridad al auto de formal prisión, su valorización sólo puede ser hecha por el juez de la causa, en la sentencia que ponga fin al proceso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303105-51736f7e/pruebas-en-el-proceso-posteriores-al-auto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 651/47. Rugerio Pablo y coags. 28 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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