AUTO DE FORMAL PRISION.
Si son contradictorias las relaciones de cómo ocurrieron los sucesos, es indiscutible que la valorización plena de tales probanzas, será motivo de la sentencia que ponga fin al proceso, puesto que en ella se deben estimar de manera definitiva, todos los medios de prueba aportados en pro o en contra de la responsabilidad del indiciado, y de ninguna manera en el auto de formal prisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306253-dbf1bb0a/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 7010/44. García Rafael. 28 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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