AUTO DE FORMAL PRISION.
Para dictarse un auto de formal prisión, se requiere únicamente que existan datos bastantes que hagan probable la responsabilidad de un inculpado, debiendo ser en la sentencia definitiva que se dicte en el proceso que se la siga, cuando se decida en definitiva sobre su culpabilidad, en vista de las probanzas allegadas dentro de la instrucción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299213-eef89333/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 5432/50. Gallardo Flores Guillermo. 5 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. Relator: Luis G. Corona.
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