AUTO DE FORMAL PRISION.
En el auto de formal prisión, no es necesario que se precise el grado de la responsabilidad del acusado, lo cual debe ser materia de la sentencia que se llegue a dictar en el proceso relativo, teniendo en cuenta todas las pruebas que se aporten, durante el período de instrucción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303094-7e478908/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 366/47. Falcón Jesús. 25 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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