AUTO DE FORMAL PRISION.
El auto de formal prisión no prejuzga, en manera alguna, sobre la responsabilidad del inculpado sino que solamente la presume, para los efectos de fundar la detención y continuar el proceso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289103-9298c694/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Aguilar Manuel. 25 de julio de 1919. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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