AUTO DE FORMAL PRISION.
En el auto de formal prisión no se necesita prueba plena de la responsabilidad, sino solamente elementos que la hagan probable; de manera que no por el hecho de que las presunciones admitan una posibilidad contraria, se invalida el auto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304512-72de1f3f/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3787/45. Zúñiga Tafoya Alfonso. 13 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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