AUTO DE FORMAL PRISION.
Para que se dicte el auto de formal prisión, es bastante que esté comprobado plenamente el cuerpo del delito y que haya datos que arrojen presunciones de responsabilidad en contra del acusado, aun cuando no existe una prueba plena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312375-4afd7df1/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3866/34. Fishbein Berta. 24 de septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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