AUTO DE FORMAL PRISION.
Para que pueda decretarse una auto de formal prisión, es necesario, además de la comprobación plena del cuerpo de los delitos que se imputan al acusado, que los datos que arroje la averiguación sean suficientes también, para hacer probable la responsabilidad del reo, esto es, que las presunciones o indicios que se desprendan en su contra, hagan suponer que cometió personalmente los hechos delictuosos que se le hayan imputado, o que, cuando menos, ha tenido participación en los mismos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303307-b1247b91/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 6829/46. Moreno Alfonso. 16 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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