ROBO, RESPONSABILIDAD EN EL.
Si la declaración del coacusado está parcialmente corroborada por la aceptación del acusado, de haber andado en compañía de sus coacusados, proponiendo en venta el objeto del delito y obteniendo una participación en efectivo de su producto ilícito, aunque afirmando que se la dio el coacusado en calidad de préstamo, resulta inadmisible que se le considere como ajeno a los hechos, si dicho coacusado, al inculparlo, no trata de exonerarse de responsabilidad, puesto que acepta haber participado en el robo, en forma significada y la afirmación del propio quejoso, de que la cantidad se la entregó en calidad de préstamo, no existe comprobada en forma alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303401-eed0ac0f/robo-responsabilidad-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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