ROBO, RESPONSABILIDAD EN EL.
La responsabilidad del acusado en el delito de robo que se le imputa, está probada en su plenitud con las presunciones que nacen de las constancias del proceso, si de los hechos conocidos, propiedad, preexistencia y falta posterior del objeto del delito, relacionados íntimamente con los que se desprenden de los testimonios y confesión de autos, no puede llegarse a otra conclusión natural, sin esfuerzo de raciocinio, sino a la de que el reo fue el autor del robo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298834-15062c1b/robo-responsabilidad-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1850/50. Mariscal Hernández Emilio. 25 de junio de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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