EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
Los fallos que conceden la protección federal, tienen por efecto volver las cosas al estado en que se encontraban antes de la violación de garantías, nulificando el acto reclamado y los que de él se deriven, de modo que si se concede el amparo contra un auto de formal prisión, éste queda insubsistente así como todo lo actuado con posterioridad entre cuyas diligencias, se encuentra el aseguramiento de bienes inmuebles derivado de dicho auto, aun cuando con ello se lesionen derechos de terceros que pueden ser incursionables; pero no fueron tenidos en cuenta al dictar la ejecutoria de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304107-b251eec5/ejecucion-de-sentencias-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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