LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
No puede afirmarse que al ser desarmado el agresor por el agredido, haya desaparecido todo peligro para éste, aunque no haya habido mas que una arma, pues establecida la lucha entre ambos combatientes, podía muy bien suceder que el agresor hubiese logrado, a su vez, desarmarlo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304343-410334c5/legitima-defensa-exceso-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7298/45. Landa Domínguez Primo. 7 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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