VIOLACION, DELITO DE.
Siendo el delito de violación de los que se comprueban por sus propios elementos, el mismo no puede tenerse por configurado con el solo dicho de la ofendida el que, si no está corroborado en forma alguna, resulta inhábil para tener por demostrada la violencia física o moral que requiere la ley como elementos constitutivos del delito.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6843/45. Ortiz Muro Daniel. 22 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- VIOLACION, DELITO DE. (s/clave)
- VIOLACION, DELITO DE. (s/clave)
- VIOLACION, DECLARACION DE LA OFENDIDA EN EL DELITO DE. (s/clave)
- VIOLACION, DELITO DE. (s/clave)
- VIOLACION, DELITO DE. (s/clave)
- VIOLACION, DELITO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis