VIOLACION, DECLARACION DE LA OFENDIDA EN EL DELITO DE.
Tanto la doctrina como la jurisprudencia han reconocido que el delito de violación representa el caso de los que pueden considerarse como suficientemente probados con la sola declaración de la ofendida, pues no es concebible que este delito pueda cometerse ante testigos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803642-ed37def2/violacion-declaracion-de-la-ofendida-en-el-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 691/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de junio de 1950. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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