DIVORCIO, INJURIAS COMO CAUSAL DE.
Dada la importancia de la institución matrimonial, sólo en casos verdaderamente graves expresamente señalados por la ley, se permite el divorcio, y por lo mismo, no basta cualquiera injuria para fundarlo, sino que se requiere que las injurias sean de tal gravedad, que hagan imposible la vida en común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304979-33075233/divorcio-injurias-como-causal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Gándara Quintana de del Bosque Carmen. 27 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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