HOMICIDIO CALIFICADO.
Si los autores del delito hicieron fuego sobre un individuo, a quien suponía el delincuente, dándose cuenta de que no portaba arma alguna, hasta que cayo muerto, no puede considerarse el homicidio como calificado, pues si bien el uso de las armas por parte de los acusados pudiera ser atentatoria, no envuelve la concurrencia de los elementos requeridos por la ley, para considerar el homicidio como calificado, dado que bien pudieron confundir a la víctima con alguno de los asaltantes a quienes perseguía.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305561-962dcb37/homicidio-calificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5854/44. Aguiluz Candelario Féliz y coagraviado. 1o. de febrero de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. Disidentes: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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