DUDA SOBRE LA RESPONSABILIDAD, DEBE ABSOLVERSE EN CASO DE (LEGISLACION DE PUEBLA).
Estando demostrado que la víctima sólo recibió una lesión que le produjo la muerte; que ambos procesados dispararon sus armas al mismo tiempo y que estas armas eran del mismo calibre, no se puede decir, ni que las dos armas conjuntamente produjeron la muerte, ni que el arma de determinado procesado fue la que causó el homicidio; y ante esa duda, cabe aplicar el artículo 196 del código de procedimientos en materia social, que ordena que ante la duda, el Juez debe dictar sentencia absolutoria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305590-eabf9111/duda-sobre-la-responsabilidad-debe-absolverse-en-caso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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